
La Corte Suprema confirmó hoy, martes 4 de mayo, la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco

La Corte Suprema confirmó hoy, martes 4 de mayo, la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del imputado por tenencia ilegal de armas de fuego, arma de fuego prohibida, artefactos explosivos, municiones, sustancias sicotrópicas y estupefacientes, en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Traiguén, que autorizó el traslado del amparado desde el Centro de Detención Preventiva de la comuna, al Complejo Penitenciario Llancahue de Valdivia.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal (integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Ricardo Abuauad y Diego Munita) confirmó la sentencia que rechazó la acción cautelar.
“Se confirma la sentencia apelada de veinte de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco”, según consigna el fallo.
La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Llanos.
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