Carlos Alarcón: autor delito de homicidio simple, 11 años de presidio mayor, y homicidio frustrado en grado simple contra adolescente de iniciales M.A.P.C a 5 años y 1 un día.
El día de hoy, 28 de enero se realizó la lectura de la sentencia a los siete carabineros dados de baja y un abogado de la policía uniformada son los condenados por el Ministerio Público como autores del delito consumado de homicidio de Camilo Catrillanca.
Los imputados habían sido condenados el pasado 7 de enero por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol, en la audiencia que se realizó a través de videoconferencia.
Carlos Alarcón: autor delito de homicidio simple, 11 años de presidio mayor, y homicidio frustrado en grado simple contra adolescente de iniciales M.A.P.C a 5 años y 1 un día.
En la causa, el tribunal también condenó al sargento Raúl Evaristo Ávila Morales a dos penas de cumplimiento efectivo de 3 años y un día de presidio, como autor de los delitos consumados de apremios ilegítimos y disparo injustificado; además deberá purgar 61 días de presidio por obstrucción a la investigación; accesorias legales y el pago de una multa a beneficio fiscal de 2 UTM.
En tanto, el cabo Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz fue condenado a las penas de 3 años y un día y 61 días de presidio, como autor de los delitos consumados de disparo injustificado y obstrucción a la investigación, respectivamente; accesorias legales más el pago de una multa de 2 UTM. Penas privativas de libertad que se le sustituyeron por el beneficio de la libertad vigilada intensiva por el mismo tiempo de las condenas, con plan de intervención individual.
En la causa, el tribunal condenó al suboficial Patricio Alejandro Sepúlveda Muñoz a 61 días de presidio, a la suspensión de cargos y oficios públicos y el pago de 2 UTM, como autor del delito consumado de obstrucción a la investigación. Pena corporal que se dio por cumplida por el mayor tiempo que el condenado permaneció privado de libertad.
En el caso del cabo Gonzalo Andrés Pérez Vargas, el tribunal lo condenó como autor del delito consumado de obstrucción a la investigación a 61 días de presidio, suspensión de cargos y oficios públicos y el pago de 2 UTM. Pena corporal que se sustituye por la remisión condicional, quedando sujeto a la observación y asistencia de Gendarmería por el plazo de un año.
Asimismo, el tribunal condenó al coronel Jorge Iván Contreras Figueroa y al mayor Manuel Antonio Valdivieso Terán a 300 días de presidio, suspensión de cargos y oficios públicos y el pago de una multa de 6 UTM cada uno, en calidad de autores del delito consumado de obstrucción a la investigación. Penas corporales que se sustituyen por la remisión condicional, quedando los sentenciados sujetos a la observación y asistencia de Gendarmería por el plazo de un año.
Finalmente, el abogado Cristián Eduardo Inostroza Quiñiñir fue condenado a 300 días de presidio, suspensión de profesión titular y de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 6 UTM, en calidad de autor del delito consumado de obstrucción a la investigación. Pena corporal que se sustituye por la remisión condicional, quedando sujeto a la observación y asistencia de Gendarmería por el plazo de un año.
Los hechos
Camilo Catrillanca Marín, de 24 años, murió producto de un disparo de fusil al interior de la comunidad Temucuicui de Ercilla el 14 de noviembre del año 2018, en medio de un operativo del grupo táctico de Carabineros, conocido popularmente como “Comando Jungla”.
Catrillanca viajaba junto a un adolescente de 15 años en un tractor, momento en el cual recibió un disparo en la parte posterior inferior de la cabeza. El joven fue trasladado a un centro asistencial de la localidad de Ercilla, donde murió mientras recibía atención médica.
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